viernes, 8 de mayo de 2009

LAS LISTAS DE MOROSOS. ALGUNAS RESPUESTAS

"Para entrar en una lista de morosos, tiene que existir una deuda cierta, vencida e impagada —no importa la cantidad—, cuyo pago se haya reclamado al deudor y éste no lo haya realizado". Además, "sólo se podrá registrar en estos ficheros a las personas o entidades que cuenten con impagos a sus espaldas en los últimos seis años". En nuestro país existen actualmente más de 2,7 millones de morosos 'fichados', que suman una deuda no cobrada que asciende a 36.148 millones de euros, según Asnef aunque no todos ellos son conscientes de pertenecer a estas 'listas negras', nos advierten desde la Cecu. Y esto no debería ser así. Por ley, "el responsable del fichero tiene la obligación de notificar al afectado su inclusión en el mismo antes de hacerlo, es más, "el acreedor también debe comunicar esta posibilidad al deudor si no existe cláusula alguna que lo especifique en el contrato de prestación de servicios o del crédito". No obstante, y pese a la ley, a veces, estas 'listas negras' incluyen a ciudadanos ejemplares que nunca han incumplido sus obligaciones dinerarias. Compañías telefónicas y empresas que domicilian recibos, entre otros, tienen sistemas automáticos que dan de alta en estos ficheros cuando ha fallado el pago de una cuota, muchas veces sin que el cliente tenga la culpa, y sin que se entere. Para evitar problemas como estos, esta organización dice que lo mejor es darse de baja por escrito, presentando la documentación pertinente en una oficina de la empresa en cuestión, o vía burofax, siempre guardando copia de todo . Se puede ejercitar el "derecho de acceso" y solicitar a estos registros que nos indiquen si aparecemos en sus ficheros de morosos, quién nos ha colocado allí y por qué cantidad. Eso sí, sólo puede ejercitarse este derecho una vez al año. Que abusan de su posición es indiscutible. A pesar de todo se les puede plantar cara. Se puede.

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