El procedimiento, inicialmente (instruido) en el Juzgado de instrucción número 4 de Pamplona - Iruña con número de Sumario ordinario 1670/2016, pasa a la Audiencia Provincial de Navarra por cuestiones de competencia, y a la que le cae en suerte este procedimiento por una cuestión de reparto es a la Sección 2ª que le asigna esta vez un Rollo de Sala al que le asigna el número 426/2016.
Los hechos declarados probados acontecen en la madrugada del 6 de Julio. La Sentencia, en primera instancia, todo se andará, se dicta el 20 de Marzo de 2018.
Este cambio de Juzgado ( instruye - investiga) a Tribunal que
( juzga) , de Sumario a Rollo de Sala , de un número de Sumario a otro de Rollo, este transitar y dejar que el tiempo corra y la justicia se vaya desvaneciendo, es la JUSTICIA que tenemos, si, y que aceptamos. Sin rechistar.
Por parte de la acusación, además del Ministerio Fiscal, está la acusación particular reconocida en este procedimiento como "La denunciante". También concurre a este juicio por el perjuicio causado, supongo, la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona.
Es decir, 4 acusaciones. ELLOS ERAN CINCO.
Como actor civil, el Servicio Navarro de Salud.
Del lado de la defensa, uno de los letrados, el más visible, defiende a 3 de los imputados, D. Agustín Martínez Becerra. A Prenda, a Boza y a Escudero.
D. Juán canales Cid a Cabezuelo y D. Jesús Pérez Pérez a Guerrero.
En la Sala tres magistrados encargados de dictar Sentencia en esta causa. Don Ricardo Javier González González, Doña Raquel Fernandino Nóstica y Don José Francisco Cobo Sáenz, este último, ponente.
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