Toma la palabra el letrado D. Manuel Murillo Carrasco.
Es claro el de este proceso con los atentados del 11-s de Estados Unidos en que sólo ha resultado detenida una sola persona.
Se agradece la labor del Tribunal que ha sabido conjugar los principios de defensa con el principio de facilidad. Se agradece también la labor de los auxiliares y el del Ministerio Fiscal: el informe del Fiscal Jefe, D. Javier Zaragoza Aguado, ha sido impresionante; después de él, poco queda por decir. Ha defendido la legalidad, con elegancia y objetividad. Es por ello que esta acusación se ha sumado a las conclusiones del Ministerio Fiscal que, además, en favor del principio en favor del reo, ha retirado varias acusaciones.
Se agradece la labor ingente del Instructor con la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Se han practicado una actividad probatoria suficientemente esclarecedora de los hechos.
Detrás de los acusados está Al Qaeda: “no nos interesa más que lo que está en este proceso”. El atentado del 11-M se hizo por venganza y con los fines de todo atentado terrorista: alterar la paz y sembrar el terror. Este atentado es el mayor vivido en Europa; y ello en con un hecho llevado a cabo en un solo día. Como decía Antonio Machado “nos llega al corazón”. Esto debe servir de lección para nuestras vidas y para la de quienes nos sucedan, que, ojalá, no tengan que soportar esta lacra terrorista.
Pero esto no se olvida. Se justifica el atentado por la participación de España en Iraq y Afganistán. Pero esto es sólo un pretexto. Podrían calificarse lso hechos como delito de lesa humanidad, siguiendo las directrices del Tribunal Penal Internacional. Perseguir, juzgar y condenar, son las labores del Tribunal. Hay que buscar el diálogo entre religiones; no vale la guerra. La ONU dice que el terrorismo no tiene justificación, como la peste, y que hay que luchar contra él de forma inteligente.
El Egipcio es un dirigente religioso que hablaba con los jeques considerados internacionalmente peligrosos, supuestamente para hablar con ellos de sus problemas matrimoniales.
Kelsen habla de que estos individuos “sienten el placer de la venganza”. Se produce un contagio psicológico entre los dirigentes y los individuos que comenten atentados.
En los grupos terroristas hay divisiones: los que organizan psicológicamente (la “alta comandancia”), la comandancia de lucha, los grupos de ejecución y de formación, etc.
En cuanto a los explosivos, el DNT aparece de forma extraña e ínfima en uno de los focos: lógicamente ha de tratarse de contaminación; incluso de contaminación a través de los guantes de los encargados de recoger las muestras. Ha quedado probado, sin duda alguna, que no se usó tytadine. Se han practicado todas las pruebas; se ha agotado todo, por lo que no debe caber duda.
Sobre cómo estaban hechos los artefactos, el tema es sencillo: se ha encontrado un manual sobre cómo confeccionarlos.
“¿Y dónde se montaron?” En Morata de Tajuña. Por los suicidas y los pocesados, ayudados principalmente por Jamal Zougam, quien regentaba el locutorio Jawal telecom, y Amurabi, un experto en tecnología. Y se llevaron a Alcalá de Henares en esa mañana, la del 11-M, en el Skoda Fabia y en la Kangoo. Los colocaron Jamal Zougam y Abdelmajid Bouchar.
No se encuentra justificación a que se siga hablando de ETA: Díaz de Mera intentó desviar la investigación hacia otros grupos terroristas. Pudo cometer incluso un delito de encubrimiento del artículo 451. Las tesis de ETA se descartaron después del 17 de marzo. La razón es elemental y viene de fuera del proceso: separar las imágenes de las Azores de las imágenes de los trenes después de la voladura. Nunca se ha visto en un proceso esta dislexia. Si en un proceso por un atentado terrorista apareciese un Corán o una cinta islamista, no se podría desviar toda la causa hacia otros derroteros.
Al respecto de la sentencia italiana que condenó a Rabei Osman por un delito de asociación con fines terroristas, se entiende que la misma no es óbice para una segunda condena en España. Ello no vulneraría el ne bis in idem: en Italia se le juzgó por los hechos cometidos allí y aquí se le está juzgando por unos hechos que nada tienen que ver con los recogidos en la sentencia italiana. No pueden cuestionarse las escuchas y traducciones italianas: las mismas no quedan desvirtuadas por el hecho de que se cuestione una palabra por los peritos españoles. No puede olvidarse que El Egipcio le dijo a Yahya “la operación de Madrid la he preparado yo... es proyecto mío”. Y ello tras los atentados, producidos ya los acontecimientos de Leganés. En este caso no se puede hablar de delito de atentado contra el GEO: hay un concurso delictivo entre los delitos de estragos y asesinato terrorista.
Fouad El Morabit, aunque no sea dirigente, es un personaje a tener muy en cuenta.
Rafa Zouhier es un delincuente de media escala; un confidente más. Propició la venta de los explosivos por los asturianos a los terroristas. Sólo después de producidos los atentados comunicó datos relevantes a sus controladores.
Mantuvo una conversación con Rachid Aglif en que este le comentaba que El Chino no le iba a dar nada. También llamó a Victor (su controlador principal) tras los atentados hablándole de Goma 2 y de cables y detonadores.
Se pueden poner en juicio las actuaciones de la Guardia Civil que es el cuerpo más leal a todos los Gobiernos. Carnelutti, relacionado con el positivismo penal, hablaba de “un pequeño grano” envuelto en el terror.
La dimensión jurídica y policial son poderosos instrumentos para esclarecer la verdad. La instrucción ha sido completa. El juicio, minucioso. Se han mostrados pruebas e indicios. El Tribunal ha hecho uso de las pruebas de parte y de sus propias pruebas, interviniendo activamente en los interrogatorios con el fin de esclarecer la verdad.
Ante el panorama terrorista y la amenaza actual yihaidista y etarra que sufre España, es necesaria una sentencia clara: “cada terrorista en su sitio”. Platón decía que la pena es la cura del alma del delincuente. Carnelutti decía que la pena es necesaria para que los terroristas tengan conocimiento de las consecuencias de sus actos y con ello venga el arrepentimiento.
Con este juicio estamos dando una lección al mundo de nuestro Estado de Derecho, de nuestra civilización y cultura: le hemos ofrecido la gran profesionalidad de nuestra Policía Judicial y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado; la imparcialidad y honradez de nuestra justicia con el tratamiento del delito y de la pena.
Toma la palabra la letrada Dña. Elena Murillo que informa de los pedimentos de esta acusación en materia de responsabilidad civil. Su representado se encuentra, dadas su secuelas, en una situación próxima a la gran invalidez; y con el tiempo, llegará a necesitar la ayuda de una tercera persona. Los condenados deberan responder conjunta y solidariamente por los daños físicos, psíquicos y mortales. Ley 32/1999 de prtección a las víctimas del terrorismo regula una subrogación del estado en las indemnizaciones debidas por los condenados.
INFORME DE CONCLUSIONES DEFINITIVAS DE LA ACUSACIÓN DE DOÑA MARÍA JESÚS PÉREZ DÍAZ.
10:59 hs. INFORME DE LA ACUSACIÓN CONSTITUIDA POR DOÑA MARÍA JESÚS PÉREZ DÍAZ.
Toma la palabra el letrado Dña. Rosario F. Mancilla
Se suman al informe del Ministerio Fiscal y al de la acusación 7.
Su representada es una profesora que cada día toma su vehículo desde Azuqueca de Henares puesto que ahora ya no utiliza el tren, el medio más barato.
Deben tenerse en cuenta, también, los perjuicios para su vida. Se pide que las indemnizaciones se paguen rápidamente y que, rememorando el atentado de “Hipercor”, no tengamos que esperar 20 años.
Se solicita una sentencia conforme a sus peticiones, sobre todo en materia de responsabilidad civil.
INFORME DE CONCLUSIONES DEFINITIVAS DE LA ACUSACIÓN DE Dª ANA ISABEL GONZÁLEZ PIZCOS Y OTROS.
11:05 hs. INFORME DE LA ACUSACIÓN CONSTITUIDA POR DOÑA ANA ISABEL GONZÁLEZ PIZCOS Y OTROS.
Toma la palabra la letrado Dña. Maria Ponte.
Este informe debe entenderse como complemento del presentados por la Asociación 11-M afectados del Terrorismo y del de la Acusación constituida por Dña. Pilar Manjón, así como del que expondrá el letrado que sigue.
Se agradece la labor del la fiscal Dña. Olga Sánchez.
Respecto a la polémica de los explosivos y el hallazgo de nitroglicerina en una de las muestras y en 2007, esta acusación entiende que ello ha dado lugar a absurdas especulaciones. No están claras las condiciones de almacenamiento en la mina ni sus condiciones de fabricación. No puede descartarse la presencia de nitroglicerina en la Goma 2 EC tras 2002. Se han tomado como paradigmas absolutos las afirmaciones que ha hecho la fábrica de explosivos, incluso en un fax escrito a mano. Esta acusación sostiene que la Goma 2 EC de Mina Conchita contenía nitroglicerina en su composición. En el manual de riesgos laborales de 2007 se afirma que estas dinamitas pueden contener nitroglicerina o nitroglicol. Las dinamitas de los focos de los trenes tenían nitroglicerina, nitroglicol y DNT, es decir una suma de Goma 2 EC y Goma 2 ECO.
En Mina Conchita, en 2004, se encontraron cartuchos de Goma 2 EC y de Goma 2 ECO. De muchos de ellos se desconoce su numeración y por tanto su origen (fecha de fabricación y lugar). De los usados por los terroristas, sólo se pueden datar 46 cartuchos. Con estos elementos queda acreditada la composición de los explosivos que estallaron el 11-M: contenían nitroglicerina y se trataba de Goma 2 EC y Goma 2 ECO. No se descarta la contaminación en la fabricación: en la Manjoya se hacía Goma 2 EC con nitroglicerina y junto a ella, en el depósito, se almacenaba Goma 2 ECO. Además no se descarta la contaminación en la mina: la nitroglicerina de la Goma 2 EC, presente en Mina Conchita, es un aceite por lo que no se diluye. Los cartuchos de Goma 2 EC se encontraron en un charco de agua, por lo que la Goma 2 ECO pudo asimilar en el propio suelo esa nitroglicerina. ¿Para qué querían los terroristas más explosivos si el fin de semana del 28 y el 29 de febrero pudieron bajar hasta 270 kilos, además de los que bajaron los transportistas por orden de Trashorras? No necesitaban más explosivos. 130 kilos explotaron en los trenes; 12 kilos en Mocejon: unos 17 kilos en Leganés, más los restos no explosionados.
Existía una trama terrorista formada por los encausados y por los fallecidos en Leganés. Hay que resaltar que en la bolsa de Vallecas no sólo se encuentra dinamita sino también detonadores procedentes de Mina Conchita; la Kangoo fue sustraída en las inmediaciones del locutorio de Jamal Zougam; en la Calle Villalobos, domicilio de El Chino no se encontraron explosivos ....
11:28 hs. Receso de 30 minutos.
12:08 hs. Toma la palabra el letrado D. José Maria Fuster Fabrá, para concluir el informe de la acusación constituida por Dña. Ana Isabel González Pizcos y Otros.
Hoy es el 20º aniversario del atentado de Hipercor: es forzoso un recuerdo para las víctimas del terrorismo; para absolutamente todas las víctimas del terrorismo.
Todos los criterios de la cuarta trama parecen bonitos pero no van ha servir para nada. Este letrado va a hablar de los elementos de la instrucción que han sido puestos en tela de juicio.
En cuanto a los TEDAX se ha cuestionado su actuación y han sido sometidos a duros interrogatorios. Los TEDAX se encargan de analizar restos de las sustancias explosionadas mientras que la Policía Científica se encarga del análisis de sustancias explosivas no explosionadas. El laboratorio de TEDAX no es más que una parte de su centro de investigación. Los TEDAX analizan los restos por una razón lógica: puede haber otra bomba y el funcionario que se encargue de su desactivación debe conocer perfectamente la configuración del primero. En el laboratorio hay una perito química jefe con sobrados conocimientos y experiencia. Los restos, recogidos en saco, fueron seleccionados por los TEDAX jugándose la vida. Los TEDAX hicieron lo mismo que hacen siempre: recoger los restos de sustancias explosionadas de los focos y de otras fuentes de prueba que iban apareciendo.
El día 30 de junio de 2006 un medio de comunicación saca una fotografía de un componente de una lavadora y dice que tiene similitud con los artefactos de ETA. Los TEDAX elaboraron reiterados informes: la especialidad TEDAX lleva 32 años en funcionamiento y nadie la ha cuestionado. Aquí se ha actuado como siempre.
El letrado pone de manifiesto los atentados de ETA de en los cuales no se consiguió averiguar el explosivo que se había utilizado (atentados del Hotel Marbella, del Hotel de Cambrils, de Barajas, de la Plaza de Colón de Madrid, etc.).
Se ha manejado a los confidentes como miembros de un ejército que han jurado decir la verdad. Se ha actuado con una ignorancia supina. Zouhier facilitó la primera información sobre armas el 27 de diciembre de 2002; sobre explosivos el 30 de abril de 2003. El 20 de febrero de 2003 recoge la muestra en PRYCA, etc. El 27 de febrero de 2003 la UCO elaboró la única nota sobre este tema: la nota contenía datos referenciales que no eran judicializables pues el sujeto no estaba dispuesto a dar la cara. La sección de fuentes de la UCO envió un correo interno que no era una nota informativa sino que constituía una ampliación de la nota de febrero. El correo es el que sugiere el conflicto sobre si se había intentado o no destruir. Del Coronel Hernando se dijo que no quiso investigar, que participó en la compra de explosivos y una serie de barbaridades. Pero fue él quien aclaró que había sólo una nota. Rafa Zouhier no dijo absolutamente nada de lo que estaba haciendo en relación con los explosivos que estallaron el 11-M. Y tras los atentados, al día siguiente, habla de la Operación Chopo pero nada sobre el 11-M. No habla hasta el 16 de marzo. ¿Tenía sentido que se ocultase aquél correo intranet? No. Ese correo está en la base de datos de la Guardia Civil.
Conviene hablar de ETA. Se ha dicho que tras los atentados todos pensamos que era ETA. Sin embargo, por el modus operandi los expertos tuvieron sus dudas desde el principio. En la historia de ETA jamás ha actuado más de un comando. La vez que más miembros etarras participaron en un atentado fue en 1980. Pero es que además, ETA suele avisar, etc. Hay un informe puesto en tela de juicio y firmado por el Sr. Castaño: si se duda de él, hay que explicar porqué. Posiblemente porque se ha contrastado con las afirmaciones del Sr. Díaz de Mera. Sin embargo nos olvidamos de que ETA no envía a delincuentes comunes para robar coches u obtener explosivos. Nos olvidamos de la situación en que se encontraba ETA a tiempo de los atentados. Este letrado será el primero en aceptarlo si aparece un solo elemento que vincule a ETA con los atentados.
En la lucha contra el terrorismo este letrado va a estar donde a estado siempre: con la Policía y con la Guardia Civil.
En cuanto a las responsabilidades civiles, se entiende que desafortunadamente se ha aplicado por la jurisprudencia el baremo de la ley de seguros privados previstos para accidentes de circulación a casos de delitos dolosos. Pero ya la Sentencia del Tribunal Supremo 47/2007 avala la inaplicación del baremo a este tipo de delitos, lo que sería incompatible con el art. 115 del Código Penal. Deben aplicarse criterios de reparación. La víctima de un delito común es víctima de un acto dirigido precisamente contra ella. La víctima del terrorismo es víctima aleatoria porque se lo que se quiere dañar es la sociedad entera. Es el “criterio de la doble víctima”. El art. 115 exige justificar las bases: se tarta de justificar los criterios. La indemnización es el último elemento. Antes está restituir o reparar. El juez tiene libertad plena para valorar cómo reparar. Libremente el juez de la Audiencia Nacional puede valorar el daño como estime conveniente, incluso sin distinguir que cuantía corresponde a secuelas físicas o a daños morales.
Esta parte felicita a los letrados que defienden a los acusados o procesados por su esfuerzo y labor. También a las acusaciones a las que no se ha adherido. Y a sus amigos y a sus compañeros de acusación; al Ministerio Público: a Olga Sánchez por su entrega, trabajo y esfuerzo; a Javier Zaragoza porque, como el dijo, “da igual el tipo de explosivo que se utilizase”; al Fiscal Bautista por su exposición magistral; al Secretario y al personal de la Sala. Este juicio se ha llevado con dureza y con “savoir faire”. Se agradece la confianza depositada por Pilar (Manjón).
Se interesa que la visión de este juicio sea estrictamente jurídica más allá de políticas y que la oscura vision "del pino", no impida ver el bosque de la justicia.
INFORME DE CONCLUSIONES DEFINITIVAS DE LA ACUSACIÓN DE POR DÑA. CELESTINA PIRIS MÉNDEZ.
12:51 hs. INFORME DE LA ACUSACIÓN CONSTITUIDA POR DÑA. CELESTINA PIRIS MÉNDEZ.
Toma la palabra el letrado D. José Gabriel Antón Fernández.
En lo que se refiere a los escritos de acusación, esta acusación se remite a los escritos del Ministerio Fiscal. Ello no obstante esta parte mantiene la acusación contra “El Dinamita”.
Lo ocurrido el 11-M fue consecuencia de la actuación de la célula integrada por las personas que se sientan en el banquillo apoyadas por unos dirigentes intelectuales (Belhadj, El Egipcio y Hassan el Haski).
Estas personas entraron aprovechando medidas de regularización y afirmando ser palestinos.
Ayer se reía El Egipcio cuando un letrado daba en la diana al afirmar que este había sido el dirigente. Lo mismo ocurre con Basel Ghalyoun y con Fouad El Morabit.
Se han respetado los derechos de todos los acusados. Han disfrutado de todas las garantías, que posiblemente no habrían disfrutado en los países que han visitado. Se les condenará “con todas las de la ley”.
El letrado hace mención a la cinta recientemente difundida en la que se agradece por las brigadas terroristas de Al Qaeda la labor de Jamal Zougam y El Egipcio.
Se ha reconocido a Bouchar “con un saco de pruebas”.
Hay tres modificaciones que deben mencionarse:
1) Se considera autor material a Othman El Gnaoui pues se considera probado que viajaba en los trenes y probadas sus relaciones con la mayor parte de los suicidados en Leganés, especialmente con los hermanos Oulad Akcha, Kounjaa y Jamal Ahmidan, todos de Tetuán. Además, no se olvida que fue la persona que llevo “el clavo” a Jamal Ahmidan y que sus ropas se encontraron en Vicálvaro.
2) Respecto a Basel Ghalyoun, precisamente porque estamos en un Estado de Derecho, esta parte retira su acusación (el testigo que dijo haberle visto en los trenes reconoció en juicio como autor y le considera autor de un delito de conspiración para la comisión de un atentado terrorista. Lo mismo ocurre con Fouad El Morabit, Rachid Aglif, Saed El Harrak, ...Respecto a Mohamed Larbi Ben Sellam se entiende que cometió un delito de conspiración. Sobre Mouhannad Almallah Dabas se remite la acusación a las afirmaciones vertidas en juicio por su mujer quien dijo, entre otras cosas, que no estaría tranquilo hasta que no viese caídas las Torres Kio.
3) Se modifican las imputaciones de la trama asturiana en el mismo sentido que el Ministerio Fiscal, pero se entiende que son cooperadores necesarios de los sucesos de Leganés.
Se recuerdan las fotos de las Azores. A pesar de los atentados de Casablanca, no se pusieron los medios suficientes para evitar los atentados. Tampoco eran suficientes los medios para controlar la zona minera; ni los medios para los seguimientos en el local de Virgen del Coro”.
No se entiende porqué se habló de tytadine en los primeros momentos tras los atentados. Parece mentira que la información al pueblo español dependa de una llamada telefónica (se hace referencia a la llamada del Sr. Cuadro con el Sr. Díaz Pintado, en la que se dijo que se trataba de tytadine con cordón detonante y a que no se desmintió este extremo tras el informe de los TEDAX, Sr. Sánchez Manzano.
Se critica la postura de quienes sostienen la “teoría de la conspiración”, como si el resto de las acusaciones no quisieran averiguar la verdad. Se ha vilipendiado a los TEDAX por vía del informe de tres acusaciones. Y, dice el letrado, si se quiere saber la verdad, cómo es que no se pide testimonio contra el Sr. De Mera, el Sr. Cuadro y el Sr. Díaz Pintado. Esas acusaciones han traído temporizadores con la denominación en euskera ST; han hablado del ácido bórico; etc. Han retirado incluso la acusación contra Jamal Zougam y contra Rabei Osman. Y ello olvidando el reciente video de reivindicación de Al-Andalus. Son de destacar también las trascripciones introducidas en la fase de prueba documental la pericial sobre las trascripciones italianas de las conversaciones de El Egipcio. Incluso no reconocen el Skoda Fabia ni la Renault Kangoo. Tampoco, se da credibilidad las declaraciones del portero de la finca de Alcalá de Henares, alegándose que no tiene sentido que las personas fueran muy tapadas y que la taquillera de RENFE dijo que la persona que habló con ella hablaba perfecto español. Jamal Zougam habla perfectamente español. Tampoco puede dejar de valorarse la Renault Kangoo porque los perros no detectasen explosivos: los explosivos estaban bajo el asiento delantero y, como han relatado los agentes, uno por uno, los perros no llegaron a esa zona.
Esta acusación muestra su solidaridad con la Fiscal y con el Instructor ante las críticas de que han sido objeto.
INFORME DE CONCLUSIONES DEFINITIVAS DE LA ACUSACIÓN DE DON RAMÓN MATAMOROS LÓPEZ.
13:35 HS. INFORME DE LA ACUSACIÓN CONSTITUIDA POR DON RAMÓN MATAMOROS LÓPEZ.
Toma la palabra el letrado D. Javier Carmona
Esta acusación, última en informar, se adhiere a la calificación del Ministerio Fiscal.
Se agradece la labor del Tribunal y se reconoce el trabajo del resto de las partes (Ministerio Fiscal, en especial la labor ingente de la Dña. Olga Sánchez; resto de las acusaciones; y defensas, en su mayoría letrados de oficio).
Las cuestiones de nulidad deben ser desestimadas, todas ellas, en sentencia.
Se ha practicado un auténtico festival probatorio, una multiplicidad de pruebas de sustento condenatorio de todos los acusados.
La defensa de Angelica Geria Cortes ya explicado las pruebas existentes contra cada uno de los procesados. Esta parte se adhiere a lo informado.
Rachid Aglif llevó en su coche a Zouhier a la reunión del Mc Donald´s de Carabanchel donde se acordó la venta de explosivos; mantenía una estrecha relación con Jamal Ahmidan. Es relevante la declaración de Trashorras y de Hassan Aglif, su hermano.
Mouhannad Almallah Dabas acudía a las reuniones de Virgen del Coro y en domicilios de los integrantes del grupo, donde se trataba la causa yihaidista y se visionaban videos al respecto. Hay un sinfín de datos que lo incriminan. Así por ejemplo, el análisis de la UCI sobre la documentación incautada en Virgen del Coro y en la calle Químicos. Adoptaba en sobrenombre de Abu Dujana El Afgani (como así lo ha hecho el líder de Al Qaeda detenido recientemente en oriente)
Se aumentan las penas solicitadas para Carmen Toro. Su participación fue activa y relevante. También Antonio Toro contribuyó de forma efectiva en la venta de explosivos.
Se mantiene, al contrario que ha hecho el Ministerio Fiscal, la acusación contra Javier González Díaz “El Dinamita”.
Se considera autores del delito de transporte de sustancias explosivas a Raúl González Peláez, Sergio Álvarez Sánchez, Iván Granados y Antonio Iván Reis Palicio, si bien no se les considera integrantes de una asociación ilícita.
Las secuelas de su mandante están acreditadas en la correspondiente pieza judicial. Se solicita la cantidad en concepto de indemnización que se refleja en el escrito de calificación. No es aplicable el baremo “de tráfico”, pues estamos ante un delito doloso.
Existieron graves fallos de prevención por parte del Estado. No se quiere descalificar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, baluartes de la lucha contra el terrorismo. Pero sí se afirma que hubo una infravaloración de informes y de las investigaciones ya abiertas (contra Jamal Zougam, por ejemplo), así como un deficiente control de confidentes como Zouhier..
13:57 hs. Se interrumpe la sesión hasta las 16:30 hs.
No hay comentarios:
Publicar un comentario